FIJACION DEL VALOR REAL DE INMUEBLES URBANOS, SUBURBANOS Y RURALES. AÑO 2005




Promulgación: 26/12/2005
Publicación: 30/12/2005
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2005
  •    Página: 1635

Artículo 2

 Fíjase en $ 1:560.000,oo (pesos uruguayos un millón quinientos sesenta
mil) el mínimo no imponible del Impuesto al Patrimonio correspondiente al
año 2005, para las personas físicas y sucesiones indivisas.-
Para el núcleo familiar, se duplicará el importe mencionado en el inciso
anterior.-
Ayuda