APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DE AFE. EJERCICIO 1994




Promulgación: 26/11/1993
Publicación: 13/12/1993
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
 Visto: El Presupuesto Operativo, de Operaciones Financieras y de
Inversiones de la Administración de Ferrocarriles del Estado,
correspondiente al ejercicio 1994.

 Considerando: Que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto ha emitido su
informe y el Tribunal de Cuentas su dictamen;

 Atento: A lo establecido en el artículo 221 de la Constitución de la
República.

                      El Presidente de la República

                              DECRETA:

Artículo 1

  Apruébanse las partidas presupuestales correspondientes al Presupuesto
Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones de la
Administración de Ferrocarriles del Estado correspondiente al ejercicio
1994, de acuerdo con el siguiente detalle:

                                   $                 $
I- RECURSOS                                     140,416,109
SALDO INICIAL DE CAJA                            11,611,888
- Operativo                   11,231,375
- Inversiones                    380,513

A. INGRESOS CORRIENTES                           78,615,821
1 Ing. venta. de bienes y servicios              41,173,229
 -Por serv. prestados típicos de la rama
  de actividad                40,738,829
 -Por serv. no típicos de la
  rama de actividad              434,400
2 Transferencias del Gobierno Central            36,001,832
 -Por operaciones corrientes/115,619,697
 -Ajuste p/variación de costos 9,104,947
 -Por servicios de deuda      11,277,188
3 Rentas de la Propiedad                          1,375,600
 -Intereses                      470,600
 -Alquil. Equip. Edific.         905,000
4 Otros ingresos corrientes                          65,160

B. INGRESOS DE CAPITAL                           20,091,000
 Transferencias del Gobierno
 central                      12,851,000
 Ingresos Propios              7,240,000

C. PRESTAMOS                                     30,097,400
 O.E.C.F.                     20,794,000
 Otros                         9,303,400

 Los ingresos corrientes generados por el Organismo y las partidas de
transferencias del Gobierno Central para gastos corrientes, por servicio
de deuda y para gastos de capital están expresados a precios promedio
Enero-Abril de 1993 y estas últimas se ajustarán de acuerdo al mecanismo
establecido por el art. 70 de la Ley 15.809 del 8.4.86.

II - PRESUPUESTO OPERATIVO                                  86,200,008
RUBRO                 DENOMINACION         $                  $
0         RETRIBUCION SERVS. PERSONALES                    48,056,829
010       Directorio           278,256
011311    Sueldos básicos pers. presup.     14,680,450
011318    Aumento de mayo 1992 y simil.        456,717
011319    Diferencia por reestructura           30,176
019311    Sueldo anual complementario civil  1,949,600
021321    Sueldos básicos contratados       12,606,451
021315    Diferencia por subrogación                 0
021328    Aumento de mayo 1992 y simil.        473,875
021329    Diferencia por reestructura           17,612
029321    Sueldo anual complementario civil  1,550,053
061311    Por trabajo en horas extras ptdos.   821,475
061321    Por trabajo en horas extras contr.   396,942
061312-a  Cambio Res. Hab. Ptados: desplazam. 2,547,930
061312-b  Cambio Res. Hab. Ptados: Olla         38,674
061322-a  Cambio Res. Hab. Ptados. Desplazam. 2,405,145
061322-b  Cambio Res. Hab. Ptados: Olla         80,272
061313    Prima eficiencia presupuestales      670,493
061323    Prima eficiencia contratados         128,824
061314    Func. distin. al cargo presup.       401,185
061324    Func. distin. al cargo contrat.      409,128
061315    Trabajo nocturno presupuestados      134,587
061325    Trabajo nocturno contratados         111,099
061319    Compensaciones congeladas presup.        214
061329    Compensaciones congeladas contrat.       279
062315    Incentivo presupuestados             511,506
062325    Incentivos contratados               354,468
062311    Gastos de representación              54,394
062306    Alimentación presupuestados        1,506,268
062311    Alimentación contratados           1,428,952
062318    Prima por antigüedad presupuest.   2,536,138
062328    Prima por antigüedad contratados   1,389,208
077011    Quebranto de Caja presupuestados      84,800
081011    Adelanto a cta. ptdos. N$ 600            698
081021    Adelanto a cta. ctdos. N$ 600            959
2 MATERIALES Y SUMINISTROS                                20,257,684
3 SERVICIOS NO PERSONALES                                 11,349,609
4 MAQUINAS, EQUIPOS Y MOB. NUEVOS                            570,901
7 SUBSIDIOS Y OTRAS TRANSFERENCIAS                        5,964,985
74 Transf. Inst. sin fin lucro                 15,090
751 Prima por matrimonio                       17,000
752 Hogar constituido                       2,074,993
753 Prima por Nacimiento                       49,500
754 Prestación por hijos                      751,656
772 Prestación por Accidentes de Trabajo    1,103,640
778 Transferencias al exterior                 38,650
790 Tributos municipales y nacionales       1,914,456

III - OPERACIONES FINANCIERAS                             11,277,188
8 SERVICIO DE DEUDA Y ANTICIPOS                           11,277,188
81 Amortización Deuda Interna                 507,520
82 Amortización Deuda Externa               6,237,432
83 Intereses Deuda Interna                     32,580
84 Intereses Deuda Externa                  4,499,656

IV - PRESUPUESTO DE INVERSIONES                           45,138,760
0 RETRIBUCION SERVICIOS
  PERSONALES                                2,616,000
2 MATERIALES Y SUMINISTROS                 15,267,000
3 SERVICIOS NO PERSONALES                     742,000
4 MAQUINAS, EQUIPOS Y MOB.
  NUEVOS                                   16,903,160
6 CONST. MEJORAS Y REP.
  EXTRAORD.                                 4,986,000
7 SUBSIDIOS Y OTRAS
  TRANSFERENCIAS                            4,624,000

 La apertura por proyecto, fuentes de financiamiento y las partidas en
moneda extranjera se detallan en los cuadros adjuntos que forman parte de
este decreto.  
Referencias al artículo

AGUIRRE RAMIREZ - JUAN CARLOS RAFFO - GUSTAVO LICANDRO
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