La Caja de Compensación Nº 36 procederá mensualmente a acreditar las
sumas recaudadas de conformidad al artículo 21 en los siguientes
porcentajes y rubros:
a) Licencias y Día del Sastre 25,61%;
b) Sueldo Anual Complementario 24,26%;
c) Recaudación Unificada 29,38%;
d) Aportes Patronales; Banco de Previsión Social 7,48%; Seguros de
Enfermedad 2,50% y Fondo Nacional de Vivienda 1%;
e) Salario Vacacional 7,88%;
f) Gastos de Administración - apartados d) y e)- 1,89%
En los mismos porcentajes acreditará los recargos por mora. (*)