REGISTROS PUBLICOS. TASA DIGITAL "SERVICIOS REGISTRALES"




Promulgación: 10/11/2008
Publicación: 20/11/2008
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2008
  •    Página: 2305

Artículo 4

 Presentada una solicitud y estudiada la misma, si no surgieren
observaciones, la Dirección General de Registros otorgará con el
solicitante el respectivo contrato de concesión de agencia, y dispondrá la
inscripción de éste en el Registro creado por el artículo 11º del decreto
Nº 553/986, del 19 de agosto de 1986;
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