CREACION DEL CENTRO DE CLASIFICACION DIAGNOSTICO Y TRATAMIENTO PROGRESIVO DE LOS INTERNOS EN EL SISTEMA PENITENCIARIO




Promulgación: 15/10/1985
Publicación: 01/11/1985
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1985
  •    Página: 854

Artículo 8

  La Sección Médica realizará todos los estudios de salud del interno,
consignando las anomalías que presente o discapacitaciones que puedan
incidir en las condiciones del trabajo que pueda realizar, así como la
necesidad de asistencia médica, sea transitoria o permanente.
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