PUERTOS DEPORTIVOS Y COMERCIALES. TARIFAS DE LA DIRECCION NACIONAL DE HIDROGRAFIA




Promulgación: 11/11/2008
Publicación: 20/11/2008
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2008
  •    Página: 2330
Referencias a toda la norma

Artículo 3

REGIMEN ESPECIAL

3.1 La Dirección Nacional de Hidrografía, a solicitud de los Clubes
Náuticos, establecidos a la fecha del presente Decreto, podrá exonerar 
del pago de amarras hasta un máximo de dos embarcaciones propiedad de los
mismos. Las embarcaciones estarán afectadas a prestar servicios a sus
socios en los puertos administrados por la misma".

3.2 En cada uno de los puertos administrados por la Dirección Nacional de
Hidrografía, la Jefatura correspondiente determinará el Area y la
ubicación a adjudicar a las siguientes embarcaciones: pesca artesanal, de
tráfico de pasajeros, de vigilancia y patrullaje (PNN-ARMADA), de
salvamento.
Las embarcaciones mencionadas en los artículos anteriores no podrán
sobrepasar las cantidades indicadas a continuación:

     PUERTO     Pesca     Tráfico     Vigilancia y     ADES
              Artesanal  Pasajeros      Patrulla
Dolores           5            2            2           1
Higueritas
(N. Palm.)        6            2            2           1
Carmelo           4            2            2           2
Colonia          10            2            2           2
Riachuelo         6            2            2           1
Juan Lacaze       6            2            2           1
Piriápolis       10            3            2           1
Punta del Este   30           20            2           2
La Paloma        15            2            2           1

3.3 Por encima de las cantidades anteriormente expuestas para cada puerto
y hasta un máximo del doble, las embarcaciones de tráfico y las afectadas
a vigilancia y patrullaje, recibirán la misma bonificación que las
embarcaciones de alta permanencia, 40% de descuento (Art. 1.1.4).

3.4 Se habilita a la Dirección Nacional de Hidrografía a formalizar
convenios con clubes e instituciones de la República Argentina que deseen
utilizar las instalaciones portuarias de la Dirección Nacional de
Hidrografía (Exceptúanse los Puertos de Punta del Este y Piriápolis) en 
un número mayor de 10 embarcaciones y plazos mayores a 60 días,
bonificándolas con un descuento de hasta el 30% sobre las tarifas de
amarras vigentes.
Ayuda