Reglaméntase la Ley N° 13.637 (Presupuesto Nacional de Recursos) en lo
referente al impuesto a los naipes de fabricación nacional, que será
recaudado y fiscalizado por la Dirección General Impositiva.
Modificada y/o Anotada (referencias acotadas): Decreto Nº 124/968 de
15/02/1968.
Reglamentario/a de: Ley Nº 13.637 de 21/12/1967 artículo 151.