PRESUPUESTO NACIONAL DE SUELDOS GASTOS E INVERSIONES




Promulgación: 21/12/1967
Publicación: 05/01/1968
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1967
  •    Página: 2194

Referencias a toda la norma

IMPUESTOS INTERNOS

Artículo 151

Fíjase el impuesto interno que grava a los naipes de fabricación nacional
en el 30 % (treinta por ciento) de su precio de venta al público. Las
ventas de naipes quedan exoneradas del impuesto a las Ventas y
Servicios. (*)


(*)Notas:
Redacción dada por: Ley Nº 13.695 de 24/10/1968 artículo 114.
Reglamentado por: Decreto Nº 55/968 de 23/01/1968.

TEXTO ORIGINAL: Ley Nº 13.637 de 21/12/1967 artículo 151.
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