El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
VISTO: la situación epidemiológica actual;
RESULTANDO: I) que por Decreto N° 93/020, de 13 de marzo de 2020, se declaró el estado de emergencia nacional sanitaria;
II) que desde esa fecha, el Poder Ejecutivo ha adoptado diversas medidas, tanto sanitarias como sociales y económicas, procurando mantener el equilibrio entre la protección de la salud humana, la minimización de los trastornos sociales y económicos, y el respeto de los derechos humanos;
III) que entre dichas medidas, se establecieron las condiciones de ingreso al país, las cuales se actualizaron en función de la evolución de la situación epidemiológica;
IV) que por Decreto N° 106/022, de 5 de abril de 2022, se dispuso dejar sin efecto el Decreto N° 93/020, de 13 de marzo de 2020;
V) que el alto nivel de inmunidad alcanzado, la evolución observada del comportamiento epidemiológico de SARS-COV-2, y el control logrado de la enfermedad, exigen actualizar las medidas de prevención sanitaria, y por ende, rever las condiciones de ingreso al país;
CONSIDERANDO: que el artículo 1° de la Ley N° 9.202, de 12 de enero de 1934, dispone que compete al Poder Ejecutivo por intermedio de su Ministerio de Salud Pública, la organización y dirección de los servicios de Asistencia e Higiene;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por la Ley N° 9.202, de 12 de enero de 1934, Decreto N° 106/022, de 5 de abril de 2022, y demás normas complementarias y concordantes;
El PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
actuando en Consejo de Ministros
DECRETA:
Artículo 1
(*)
(*)Notas:
Derogado/s por: Decreto Nº 176/023 de 16/06/2023 artículo 1.
Inciso 2º) anteriormente agregado/s por: Decreto Nº 58/023 de 27/02/2023
artículo 1.
TEXTO ORIGINAL:
Decreto Nº 58/023 de 27/02/2023 artículo 1,
Decreto Nº 55/023 de 16/02/2023 artículo 1.
LACALLE POU LUIS - LUIS ALBERTO HEBER- FRANCISCO BUSTILLO - AZUCENA ARBELECHE - JAVIER GARCÍA - PABLO DA SILVEIRA - JOSÉ LUIS FALERO - OMAR PAGANINI - PABLO MIERES - DANIEL SALINAS - FERNANDO MATTOS - TABARÉ VIERA - IRENE MOREIRA - MARTÍN LEMA - ROBERT BOUVIER