OBLIGACION DE CONTAR CON COBERTURA DE SALUD O SEGURO MEDICO PARA LAS PERSONAS EXTRANJERAS QUE PRETENDAN INGRESAR AL PAIS




Promulgación: 16/02/2023
Publicación: 27/02/2023
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: la situación epidemiológica actual;

   RESULTANDO: I) que por Decreto N° 93/020, de 13 de marzo de 2020, se declaró el estado de emergencia nacional sanitaria;

   II) que desde esa fecha, el Poder Ejecutivo ha adoptado diversas medidas, tanto sanitarias como sociales y económicas, procurando mantener el equilibrio entre la protección de la salud humana, la minimización de los trastornos sociales y económicos, y el respeto de los derechos humanos;

   III) que entre dichas medidas, se establecieron las condiciones de ingreso al país, las cuales se actualizaron en función de la evolución de la situación epidemiológica;

   IV) que por Decreto N° 106/022, de 5 de abril de 2022, se dispuso dejar sin efecto el Decreto N° 93/020, de 13 de marzo de 2020;

   V) que el alto nivel de inmunidad alcanzado, la evolución observada del comportamiento epidemiológico de SARS-COV-2, y el control logrado de la enfermedad, exigen actualizar las medidas de prevención sanitaria, y por ende, rever las condiciones de ingreso al país;

   CONSIDERANDO: que el artículo 1° de la Ley N° 9.202, de 12 de enero de 1934, dispone que compete al Poder Ejecutivo por intermedio de su Ministerio de Salud Pública, la organización y dirección de los servicios de Asistencia e Higiene;

   ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por la Ley N° 9.202, de 12 de enero de 1934, Decreto N° 106/022, de 5 de abril de 2022, y demás normas complementarias y concordantes;

                      El PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
                     actuando en Consejo de Ministros

                                 DECRETA:

Artículo 1

   (*)

(*)Notas:
Derogado/s por: Decreto Nº 176/023 de 16/06/2023 artículo 1.
Inciso 2º) anteriormente agregado/s por: Decreto Nº 58/023 de 27/02/2023 
artículo 1.

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 58/023 de 27/02/2023 artículo 1, Decreto Nº 55/023 de 16/02/2023 artículo 1.

   LACALLE POU LUIS - LUIS ALBERTO HEBER- FRANCISCO BUSTILLO - AZUCENA ARBELECHE - JAVIER GARCÍA - PABLO DA SILVEIRA - JOSÉ LUIS FALERO - OMAR PAGANINI - PABLO MIERES - DANIEL SALINAS - FERNANDO MATTOS - TABARÉ VIERA - IRENE MOREIRA - MARTÍN LEMA - ROBERT BOUVIER
Ayuda