La Oficina Nacional del Servicio Civil, dentro del plazo de treinta
días, contados a partir de la publicación del presente decreto, remitirá a
la Contaduría General de la Nación, la nómina de los funcionarios en
situación de disponibilidad, de los Incisos 1 al 15, identificando sus
cargos y discriminándolos por Inciso, Programa y Unidad Ejecutora.