Créase a nivel nacional el Grupo Ejecutivo previsto en el Capítulo IX de
las Normas Complementarias y Procedimientos para las Negociaciones del
Acuerdo, el que será coordinado por la Dirección General de Comercio
Exterior del Ministerio de Economía y Finanzas, con los cometidos de
proponer y/o adoptar las medidas internas necesarias para la mejor
ejecución y evaluación del Acuerdo. Dicho grupo estará integrado por los
organismos públicos y privados que la referida Dirección convoque.