DEJASE SIN EFECTO EXONERACION TRIBUTARIA PREVISTA POR EL ART. 4 DEL DECRETO 63/972




Promulgación: 12/08/1976
Publicación: 02/09/1976
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1976
  •    Página: 575

Artículo 2

   Para los tributos cuyo hecho generador se produce al cierre del
ejercicio económico, lo dispuesto en el artículo anterior regirá para los
ejercicios cerrados desde el 30 de setiembre de 1976 inclusive y para los
demás tributos a partir de la publicación de éste decreto en el "Diario
Oficial".
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