INSCRIPCION EN EL MTSS DE DETERMINADOS CONVENIOS COLECTIVOS




Promulgación: 16/10/1991
Publicación: 09/12/1991
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1991
  •    Página: 454
Reglamentario/a de: Ley Nº 16.170 de 28/12/1990 artículo 438.

Artículo 2

   Para la inscripción y registro de los convenios colectivos de trabajo
referidos, el empleado, los empleadores, grupo de empleadores o las
organizaciones representativas de empleadores que hubieren suscrito la
convención, deberán presentarse en el Ministerio de Trabajo y Seguridad
Social en el plazo de 30 días hábiles siguientes a la celebración del
convenio.

   Para los convenios colectivos de trabajo celebrados entre la fecha de
entrada en vigencia de la ley 16.170 de 28 de diciembre de 1990 y la
vigencia de esta reglamentación, el plazo de 30 días hábiles referido,
correrá a partir del día siguiente a la publicación de este decreto.  (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículos: 3 y 4.
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