REGLAMENTACION DE LA LEY 15.645 SOBRE COOPERATIVAS AGRARIAS




Promulgación: 16/10/1985
Publicación: 07/11/1985
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1985
  •    Página: 926
Reglamentario/a de: Decreto Ley Nº 15.645 de 17/10/1984.
Referencias a toda la norma

CAPITULO I - DEL CONTROL DE LAS COOPERATIVAS AGRARIAS
SECCION I - DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 2

    La Dirección de Contralor Legal del Ministerio de Agricultura y Pesca,
ejercerá las competencias asignadas a esa Secretaría de Estado por los
artículos 6 inciso 4, 38 inciso 2, 51 y 52 del decreto-ley 15.645, de 17
de octubre de 1984 que se reglamenta.
    Estas competencias comprenden el control de la legalidad de la
actuación de las cooperativas en sus aspectos preventivo y sancionatorio.
(*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 3.
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