REGULACION DEL ENARBOLADO DEL PABELLON NACIONAL Y BANDERAS DE ARTIGAS Y LOS TREINTA Y TRES




Promulgación: 24/08/1976
Publicación: 02/09/1976
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1976
  •    Página: 665
Referencias a toda la norma

Artículo 3

El enarbolamiento debe cumplirse durante todas las horas del día
correspondiente.
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