AUTORIZACION DE "TOMAS DE STOCK" DE FERTILIZANTES Y SUS MATERIAS PRIMAS POR PARTE DE LA COMISION HONORARIA DEL PLAN DE DESARROLLO AGROPECUARIO




Promulgación: 23/02/1983
Publicación: 04/03/1983
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1983
  •    Página: 135

Artículo 3

   Las "tomas de stock-", serán repuestas con importaciones, en régimen de
admisión temporaria, en un plazo de 180 (ciento ochenta) días, contados a
partir de la fecha de autorización concedida por el Laboratorio
Tecnológico del Uruguay (LATU).

   El interesado podrá sólicitar hasta 3 (tres) prórrogas, de 30 (treinta)
días cada una, a partir de la fecha de vencimiento de los 180 (ciento
ochenta) días.
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