APROBACION DEL PLAN DE INVERSIONES PUBLICAS DE LA ANP. EJERCICIO 1986




Promulgación: 20/08/1986
Publicación: 16/12/1986
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Referencias a toda la norma

Artículo 10

   A partir del 1/Mar./86 los funcionarios con título profesional universitario que tengan bajo su directa dependencia jerárquica personal obrero de explotación, embarcado y de oficio, tendrán una compensación cuyo monto máximo será de un 20% del sueldo básico en un todo de acuerdo, además, con la reglamentación que dicte el Directorio.
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