El Directorio podrá además, efectuar para el futuro hasta finalizar
las promociones, cambios de renglón y de denominación de cargos y
regularizaciones en aquellos casos en que lo estime imprescindible para el
reestablecimiento integral de la carrera administrativa en el ámbito de la
Administración Nacional de Puertos, previo informe de la Oficina de
Planeamiento y Presupuesto, y con aprobación en cada caso del Poder
Ejecutivo.