APROBACION DEL PLAN DE INVERSIONES PUBLICAS DE LA ANP. EJERCICIO 1986




Promulgación: 20/08/1986
Publicación: 16/12/1986
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Referencias a toda la norma

Artículo 8

    Una vez aprobadas las regularizaciones a que se refieren los artículos
6º y 7º del decreto 340/986 del Poder Ejecutivo, y después de efectuadas
las promociones que correspondan, la Administración Nacional de Puertos
suprimirá las vacantes del último grado de todos los renglones
presupuestales, así como también aquellos otros cargos de cualquier grado
que queden vacantes y respecto a los cuales se establece en los Anexos
adjuntos que se suprimirán al vacar. Todos los cambios referidos se
comunicarán a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto.
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