Los fondos específicos referidos en el artículo anterior, así como los recuperos y las comisiones percibidas de los beneficiarios de los programas ejecutados en el marco de la política de alquileres implementada por el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, se utilizarán para cubrir costos derivados de la ejecución de dichos programas, financiar gastos, inversiones y demás erogaciones que se realicen en el marco de la referida política, o en su caso para retroalimentar los fondos existentes.