DEROGACION DEL FONDO DE GARANTIA DE ALQUILERES




Promulgación: 11/12/2006
Publicación: 29/12/2006
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2006
  •    Página: 1652

Artículo 3

 Autorízase al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente a percibir de quienes se constituyan en beneficiarios de la política de alquileres un comisión por el servicio prestado, cuyo monto será de hasta el 5%. Dichas sumas se destinarán a financiar gastos, inversiones y a retroalimentar los fondos asignados a la política de alquileres. 
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