Exonérase a dichas operaciones del pago de todo tributo o gravamen de
cualquier naturaleza vigentes o a crearse, incluidos el Impuesto al Valor
Agregado y todos los recargos, inclusive el mínimo, Impuesto Aduanero
Unico a la Importación y Tasa de Movilización de Bultos y Tasas
Consulares.