Mantiénese el Precio de Referencia fijado por el numeral 1 de la
resolución del Ministerio de Economía y Finanzas de 3 de mayo de 1991,
para la importación de tules y tejidos de mallas anudadas (red) que
ingresaban por el ítem NADI 58.08.06.00 y que a partir de la fecha de
vigencia de este decreto ingresarán por el ítem NADI 58.08.06.90. (*)