COMERCIO EXTERIO - EXPORTACION DE SERVICIOS




Promulgación: 29/12/1994
Publicación: 09/01/1995
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1994
  •    Página: 1793
 Visto: La situación de las actividades desarrolladas en los recintos
aduaneros, recintos aduaneros portuarios, zonas francas y depósitos
francos.

Considerando: 1) Necesario adecuar la normativa vigente en materia de
servicios a los efectos de evitar que se verifiquen acumulaciones de
impuestos internos en las operaciones de exportación.

2) Conveniente establecer igualdad de condiciones tributarias de los
bienes procedentes del extranjero, con respecto a los nacionales o
nacionalizados, en caso de que dichos bienes se destinen a operaciones
en los exclaves.

Atento: a lo dispuesto por los artículos 5º del Título 10 y 5º del
Título 11 del Texto Ordenado 1991;

                       El Presidente de la República

                                DECRETA:

Artículo 1

 (*)

(*)Notas:
Este artículo dio nueva redacción a: Decreto Nº 39/990 de 31/01/1990 
artículo 13 Derogada/o Numeral 5º).

Artículo 2

 (*)

(*)Notas:
Este artículo dio nueva redacción a: Decreto Nº 39/990 de 31/01/1990 
artículo 11 Derogada/o.

Artículo 3

 (*)

(*)Notas:
Este artículo dio nueva redacción a: Decreto Nº 96/990 de 21/02/1990 
artículo 9.

Artículo 4

           Comuníquese, publíquese, etc.

LACALLE HERRERA - IGNACIO DE POSADAS MONTERO
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