El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
VISTO: El Presupuesto Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones del Banco de la República Oriental del Uruguay correspondiente al Ejercicio 2016;
CONSIDERANDO: I) Que el Poder Ejecutivo, por Decreto N° 13/016 de 21 de enero de 2016, publicado en el Diario Oficial del 3 de febrero de 2016, aprobó dicho presupuesto;
II) Que en dicha norma se padeció de error en la redacción del Artículo 21°.
III) Que corresponde efectuar las correcciones correspondientes;
ATENTO: A lo expuesto;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA
Artículo 1
(*)
(*)Notas:
Este artículo dio nueva redacción a: Decreto Nº 13/016 de 21/01/2016
artículo 21.