REGULACION DEL PROCEDIMIENTO DE NOTIFICACIONES DE LAS RESOLUCIONES JUDICIALES




Promulgación: 09/10/1979
Publicación: 06/11/1979
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1979
  •    Página: 866

Artículo 3

   Las Oficinas Actuarias controlarán el cumplimiento de los requisitos
señalados en el artículo primero, quedando facultadas en caso en que los datos aportados no permitan el cumplimiento de la notificación, a retener la tramitación de la diligencia.
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