LIQUIDACION DE ADEUDOS POR SALDOS IMPAGOS DE ADMISION TEMPORARIA. IMPORTACIONES




Promulgación: 25/10/1985
Publicación: 12/11/1985
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1985
  •    Página: 968
Referencias a toda la norma

Artículo 5

  Las nacionalizaciones que efectúen las empresas que cancelen los adeudos
al amparo de este decreto, antes del 31 de diciembre de 1985, no serán
tenidas en cuenta a los efectos del artículo 12 del decreto del Poder
Ejecutivo 264/979 del 16 de mayo de 1979.
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