Incorpórase el área "Esteros de Farrapos e Islas del Río Uruguay" al
Sistema Nacional de Areas Naturales Protegidas, bajo la categoría de
"Parque nacional", cometiéndose al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento
Territorial y Medio Ambiente, la prosecución de los procedimientos para la
incorporación de los restantes componentes del área propuesta.