ADECUACION DE NORMAS SOBRE FUNCIONARIOS PUBLICOS CONTRATADOS




Promulgación: 28/01/1987
Publicación: 10/04/1987
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1987
  •    Página: 66

Artículo 2

   El personal referido en el artículo precedente cesará automáticamente
al cumplirse el plazo por el cual fueron contratados o al culminar la obra
para la que se requirieron sus servicios o al agotarse los recursos
afectados a su ejecución o en cualquier momento en que no se considere
satisfactorio su rendimiento.
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