Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Artículo 3
Cuando no fuere posible disponer la subrogación dentro de los grupos enumerados en el artículo anterior, el Fiscal de Corte y Procurador General de la Nación la dispondrá con el Magistrado que tenga más fácil acceso al lugar de que se trate, o con el que mejor consulte las necesidades del servicio.