FIJACION DE TARIFAS DEL TRANSPORTE COLECTIVO DE PASAJEROS




Promulgación: 31/10/1991
Publicación: 13/12/1991
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 6

   Las tarifas de cada empresa a que se refieren los artículos 1º, 2º, 3º
y 4º del presente decreto, rigen a partir de la hora cero del primer día
calendario posterior a la fecha de su homologación por la Dirección
Nacional de Transporte. 
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