Visto: la gestión de la Intendencia Municipal de Río Negro por la cual
propone al Poder Ejecutivo una modificación presupuestal para el ejercicio
1979.
Considerando: que estas ampliaciones presupuestales cuentan con la
aprobación de la Secretaría de Planeamiento, Coordinación y Difusión y el
acuerdo del Tribunal de Cuentas.
Atento: a lo expuesto,
El Presidente de la República
DECRETA:
Apruébase la modificación presupuestal propuesta por la Intendencia
Municipal de Río Negro para el ejercicio 1979 cuyos montos quedan fijados
en nuevos pesos 19:185.100.00 (diecinueve millones ciento ochenta y cinco
mil cien nuevos pesos).
Los mismos presentarán la siguiente composición: (*)
En caso de no recaudarse la totalidad de los recursos previstos,
deberán abatirse gastos en forma proporcionada, a efectos de mantener el
equilibrio presupuestal.
La asistencia para el pago del aporte patronal a la Dirección General
de la Seguridad Social, estará condicionado a una situación de
insuficiencia financiera, en los términos dispuestos por el artículo 50 de
la ley 14.550, de 10 de agosto de 1976.
Para el ejercicio 1980 y siguientes en caso de aplicación de la
prórroga automática establecida en el artículo 228 de la Constitución,
deberán abatirse gastos por un importe de N$ 60.525.92 (sesenta mil
quinientos veinticinco nuevos pesos con 92/100), a efectos de mantener el
equilibrio presupuestal.