FUNCIONARIOS MILITARES - FUERZA AEREA URUGUAYA




Promulgación: 05/11/1991
Publicación: 08/05/1992
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1991
  •    Página: 669

Artículo 18

   Los trabajos serán absolutamente individuales, sin permitirse ningún
tipo de consultas o intercambio de información entre los examinados. La
transgresión a la citada disposición producirá la eliminación del
concursante de la Prueba de Suficiencia. Aquellos concursantes que fueren
eliminados serán considerados sin nota y con una opción cumplida.
Ayuda