FUNCIONARIOS MILITARES - FUERZA AEREA URUGUAYA




Promulgación: 05/11/1991
Publicación: 08/05/1992
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1991
  •    Página: 669

Artículo 4

   Los Oficiales que se consideren habilitados para rendir la Prueba de
Suficiencia, ya sea en la primera o segunda oportunidad, harán la
solicitud por escrito, ante el Comando General de la Fuerza Aérea, quien
remitirá al Tribunal Examinador la lista de los señores Oficiales
autorizados a realizarla.
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