FUNCIONARIOS MILITARES - FUERZA AEREA URUGUAYA




Promulgación: 05/11/1991
Publicación: 08/05/1992
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1991
  •    Página: 669

Artículo 5

   Los Tribunales serán designados por el Comando General de la Fuerza
Aérea y se integrarán de la siguiente forma:

1) Para Tenientes Coroneles. Estará integrado por cinco (5) Coroneles y un
   (1) Teniente Coronel como Secretario.
2) Para Mayores. Estará integrado por un (1) Coronel, cuatro (4) Teniente
   Coroneles y un (1) Mayor como Secretario.  '
3) Para Tenientes Primeros. Estará integrado por un (1) Coronel, dos (2)
   Tenientes Coroneles, dos (2) Mayores y un (1) Teniente Primero como
   Secretario.

   En la misma Orden se designará para cada Tribunal un grupo de Asesores,
expertos en los temas seleccionados, con la finalidad de colaborar en lo
referente a la preparación, aclaración y reclamos sobre las pregunta que
integran las Pruebas.
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