FIJACION DE UN REGIMEN PARA LA INTRODUCCION DE BIENES ADQUIRIDOS POR FUNCIONARIOS DEL SERVICIO EXTERIOR, QUE INGRESEN AL PAIS




Promulgación: 02/09/1986
Publicación: 05/12/1986
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1986
  •    Página: 307
Referencias a toda la norma

II - VEHICULOS AUTOMOTORES

Artículo 10

    Los familiares (cónyuge y/o hijos) de un funcionario fallecido en el
ejercicio de sus funciones  que hubiese adquirido un automóvil quedan
exceptuados del requisito de que se hubiesen cumplido los dos años de
permanencia en el exterior.
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