APROBACION DE ACUERDO INTERNACIONAL. COMERCIO EXTERIOR




Promulgación: 15/02/1989
Publicación: 24/02/1989
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1989
  •    Página: 158

Artículo 3

    Corresponderá la percepción de los Derechos Consulares y la Tasa de
Movilización de Bultos en tanto las mismas estén integradas en la Tasa
Global Arancelaria.
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