SOCIEDADES COMERCIALES - INMUEBLES RURALES




Promulgación: 02/02/1993
Publicación: 19/02/1993
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1993
  •    Página: 185
Referencias a toda la norma

Artículo 3

    (Comunicación). Dentro de los 10 (diez) días de celebrado el contrato,
el Escribano comunicará a la Inspección General de Hacienda las
circunstancias del caso en formulario que suministrará esa Oficina,
admitiéndose a estos efectos la comunicación por fax.  (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 9.
Ayuda