VISTO: las actuaciones por las cuales el Comando General de la Armada
solicita la modificación de los Planes de Estudios del Centro de
Instrucción de la Armada y de las Escuelas Naval, de Aviación Naval, de
Buceo de la Armada, de Fusileros Navales, de Guerra Naval y de
Especialidades de la Armada.-
RESULTANDO: I) que por Decreto 87/003 de 6 de marzo de 2003 se aprobaron
los Planes de Estudios de las Escuelas Naval, de Guerra Naval de
Especialidades de la Armada y del Centro de Instrucción de la Armada.-
II) que el Plan de Estudios vigente de la Escuela de Aviación Naval fue
aprobado por Decreto 204/002 de 7 de junio de 2002.-
III) que por el Decreto 44/984 de 24 de enero de 1984 modificado por
Decretos 56/985 de 8 de febrero de 1985, 78/986 de 4 de febrero de 1986,
77/987 de 5 de febrero de 1987, 52/989 de 9 de febrero de 1989 y 321/990
de 17 de julio de 1990 se aprobó el Plan de Estudios correspondiente a la
Escuela de Buceo.-
IV) que el Plan de Estudios vigente de la Escuela de Fusileros Navales
fue aprobado por Decreto 44/984 de 24 de enero de 1984 modificado por
Decretos 56/985 de 8 de febrero de 1985, 78/986 de 4 de febrero de 1986,
77/987 de 5 de febrero de 1987, 194/988 de 23 de febrero de 1988, 321/990
de 17 de julio de 1990, 79/997 de 11 de marzo de 1997, 54/998 de 3 de
marzo de 1998 y 348/001 de 4 de setiembre 2001.-
CONSIDERANDO: la necesidad de adecuar la normativa vigente a los
requerimientos actuales, a fin de propender a la óptima capacitación
profesional de los alumnos.-
ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo informado por el Comando
General de la Armada, a lo dictaminado por la Asesoría Letrada del
Ministerio de Defensa Nacional y a lo preceptuado por el artículo 14 de
la Ley 15.848 de 22 de diciembre de 1986.-
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,
DECRETA: