REGLAMENTACION DEL FONDO DE DESARROLLO APICOLA. INTEGRACION DE LA COMISION HONORARIA DE DESARROLLO APICOLA. COMETIDOS E INTEGRACION DEL CONSEJO ASESOR APICOLA




Promulgación: 19/02/2010
Publicación: 10/03/2010
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2010
  •    Página: 369
Reglamentario/a de:
      Ley Nº 18.362 de 06/10/2008 artículos 221, 222 y 223,
      Ley Nº 17.115 de 21/06/1999 artículo 4.

CAPITULO I - CONSEJO ASESOR APICOLA

Artículo 3

 El Consejo se reunirá por lo menos una vez cada dos meses y elegirá en su
primera sesión ordinaria, un Coordinador y dos suplentes, los que
reemplazarán alternadamente al Coordinador en casos de impedimento o
ausencia.
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