REGLAMENTACION DEL FONDO DE DESARROLLO APICOLA. INTEGRACION DE LA COMISION HONORARIA DE DESARROLLO APICOLA. COMETIDOS E INTEGRACION DEL CONSEJO ASESOR APICOLA




Promulgación: 19/02/2010
Publicación: 10/03/2010
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2010
  •    Página: 369
Reglamentario/a de:
      Ley Nº 18.362 de 06/10/2008 artículos 221, 222 y 223,
      Ley Nº 17.115 de 21/06/1999 artículo 4.

CAPITULO I - CONSEJO ASESOR APICOLA

Artículo 4

 El Consejo tendrá como cometido asesorar a la Comisión Honoraria de
Desarrollo Apícola en la elaboración de las pautas y planes vinculados a
los objetivos y cometidos de la Comisión, plantear los temas que requieran
coordinación y apoyar a la Comisión en el cumplimiento de sus cometidos.
Las decisiones del Consejo tendrán la naturaleza de recomendaciones y se
elevarán a la Comisión Honoraria a través del Coordinador.

                              
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