IMPUESTO ESPECIFICO INTERNO




Promulgación: 30/12/1993
Publicación: 12/01/1994
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
  Visto: lo dispuesto por el Título 11, artículo 2º, del Texto Ordenado
1991 y artículos 23, 29 y 34 del Decreto Nº 96/990 de 21 de febrero de
1990;

  Considerando: que corresponde fijar precios fictos y tasas para bebidas
gravadas, tabacos, cigarrillos, cigarros y vehículos de dos ruedas, a
efectos de la liquidación del Impuesto Específico Interno (IMESI);

  Atento: a lo expuesto;

                 El Presidente de la República

                                 DECRETA:

Artículo 1

   Fíjanse los siguientes precios fictos, tasas e impuestos, por litro,
para la liquidación del Impuesto Específico Interno que grava las bebidas
de origen nacional y extranjero, para el semestre enero-junio de 1994: (*)

(*)Notas:
Ver: Texto/imagen.
Referencias al artículo

LACALLE HERRERA - IGNACIO DE POSADAS MONTERO
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