REGLAMENTACION DE LAS MEDIDAS DE CAPACIDAD. METROLOGIA LEGAL




Promulgación: 06/11/1985
Publicación: 10/04/1986
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1985
  •    Página: 1008
Referencias a toda la norma

Artículo 2

     Definiciones.
  1) Medida de capacidad es el instrumento que sirve para medir un
     determinado volumen.
  2) Medida de capacidad reglamentada. Es toda medida cuyo uso está
     comprendido en el artículo 1o.
  3) Los instrumentos de medir volumen de gases, líquidos o sólidos, en
     forma continua, comúnmente llamados contadores, están comprendidos
     dentro de esta definición, pero sus características y tolerancias
     no están dadas en esta reglamentación.
  4) Los envases cuyo volumen representa una cantidad determinada, serán
     también considerados como medidas de su contenido pero no podrá
     emplearse como instrumento de medir.
  5) Medidas patrones de capacidad son los instrumentos que sirven para
     verificar o calibrar una medida de capacidad.
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