FIJACION DE PRECIOS MINIMOS DE EXPORTACION




Promulgación: 28/12/1984
Publicación: 25/01/1985
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1984
  •    Página: 1513

Artículo 2

   Fíjase por el período en que rigieron los Precios Mínimos de
Exportación de carácter provisional establecidos por la resolución del
Ministerio de Economía y Finanzas de 13 de julio de 1984, los siguientes
Precios Mínimos de Exportación de carácter definitivo:
Azúcar refinado (ítem NADI 17.01.89.00) U$S 429 (cuatrocientos veintinueve
dólares de los Estados Unidos de América la tonelada CIF.
Azúcar crudo (ítem NADI 17.01.01.00) U$S 355 (trescientos cincuenta cinco
dólares de los Estados Unidos de América) la tonelada CIF.
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