Visto: estos antecedentes referentes a la ampliación presupuestal para
el ejercicio 1977, gestionada por el Gobierno Departamental de San José
(Intendencia y Junta de Vecinos).
Resultando: que la Secretaría de Planeamiento, Coordinación y Difusión
ha emitido su informe y el Tribunal de Cuentas de la República su
dictamen, ambos aprobatorios.
Considerando: lo dispuesto por el artículo 5º, inciso c) del decreto
constitucional 3/976 de 1º de setiembre de 1976.
Atento: a lo informado por la Secretaría de Planeamiento, Coordinación
y Difusión y lo dictaminado por el Tribunal de Cuentas de la República,
El Presidente de la República
DECRETA:
Apruébanse las modificaciones presupuestales proyectadas para el
ejercicio 1977 por el Gobierno Departamental de San José (Intendencia y
Junta de Vecinos). (*)
Las erogaciones previstas clasificadas por rubros, son las siguientes
(en miles de nuevos pesos):
I N T E N D E N C I A
Rubro Vigente Proyectado
0 2.396 3.563
1 555 977
2 766 1.472
3 913 1.003
6 607 817
7 153 300
8 279 ---
Programa Invers. Urbanas 1.062 2.000
Programa Invers. Rurales 288 1.090
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Total Intendencia 7.019 11.222
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JUNTA DE VECINOS
Rubro Vigente Proyectado
0 67 97
1 2 3
2 17 2
3 1 1
6 16 21
7 7 2
9 2 2
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Total Junta de Vecinos 112 128
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Total Intendencia 7.019 11.222
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