REGLAMENTACION AL FUNCIONAMIENTO DEL ESTADO MAYOR POLICIAL




Promulgación: 11/01/1994
Publicación: 20/01/1994
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1994
  •    Página: 81
Reglamentario/a de: Ley Nº 16.170 de 28/12/1990 artículo 157.
Referencias a toda la norma

CAPITULO III - INTEGRACION

Artículo 4

   El Estado Mayor Policial se integrará con las Secciones que
seguidamente se mencionan:

     a) Personal,
     b) Información,
     c) Operaciones,
     d) Logística,
     e) Toda otra que sea necesaria para el cumplimiento de sus
cometidos.
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