El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
VISTO: la necesidad de encomendar a las Fuerzas Armadas la realización de tareas de vigilancia en las zonas de frontera;
CONSIDERANDO: I) que es pertinente complementar las capacidades del Estado en las zonas de frontera, encomendando a las Fuerzas Armadas tareas de vigilancia con la finalidad de preservar la soberanía y la independencia del país, previniendo amenazas que afecten la integridad del territorio y sus recursos estratégicos;
II) que la permeabilidad de las fronteras, constituye una debilidad estructural del Estado debido a la falta de su presencia en la zona, generando oportunidades para los agentes de delitos transnacionales en diversas formas; afectando la seguridad, el desarrollo y la imagen institucional del país;
III) que este cometido específico de las Fuerzas Armadas se torna necesario, sin detrimento de su misión fundamental, acorde a lo dispuesto en la Constitución de la República, en la Ley N° 18.650 -Marco de Defensa Nacional- de 19 de febrero de 2010, en el Decreto-Ley N° 14.157 - Orgánico de las Fuerzas Armadas- de 21 de febrero de 1974 y demás Leyes Orgánicas de las Fuerzas, como apoyo y en coordinación con los organismos estatales que tienen competencia en materia de protección y seguridad interna;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto en los numerales 1 y 2 del artículo 168 de la Constitución de la República, en los artículos 3 a 5 y 18 de la Ley N° 18.650 -Marco de Defensa Nacional- de 19 de febrero de 2010, en los artículos 32 a 35 del Decreto- Ley N°14.157 - Orgánico de las Fuerzas Armadas- de 21 de febrero de 1974, en los numerales 2 y 3 del artículo 5° del Decreto 574/974 de 12 de julio de 1974, en el Anexo 1 del Decreto 377/998 de 22 de diciembre de 1998 y en el Decreto 105/014 de 29 de abril de 2014;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA:
Artículo 1
Encomendar a las Fuerzas Armadas, la realización de tareas de vigilancia en apoyo a los organismos con jurisdicción y competencia, con la finalidad de preservar la soberanía y la independencia del país, previniendo amenazas que afecten la integridad del territorio y sus recursos estratégicos.