El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de:
Ley Nº 18.834 de 04/11/2011 artículo 209,
Ley Nº 18.719 de 27/12/2010 artículo 568,
Ley Nº 18.211 de 05/12/2007 artículo 6.
Artículo 4
Será cometido de dicha Junta evaluar la pertinencia de las solicitudes de habilitación o renovación de habilitación de Servicios de Salud y/o incorporación de equipamiento médico, presentados por los Servicios de Salud y/o particulares. Finalizada la evaluación emitirá un dictamen de carácter técnico - sanitario de viabilidad, el cual será requisito previo indispensable para continuar con el procedimiento solicitado.