MODIFICACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DE BCU. EJERCICIO 1986




Promulgación: 14/10/1987
Publicación: 12/11/1987
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
   Visto: la necesidad de realizar una adecuación del Presupuesto Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones del Banco Central del Uruguay correspondiente al Ejercicio 1986.

   Resultando:I) Que por decreto 351/986 de fecha 9 de julio de 1986, el Poder Ejecutivo aprobó el Presupuesto Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones para el Ejercicio 1986;

   II) Que por el decreto 126/987 de 18 de marzo de 1987, el Poder Ejecutivo aprobó una ampliación a las inversiones de dicho presupuesto;

   III) Que el Directorio del Banco Central del Uruguay otorgó a sus funcionarios con fecha 1º de marzo, 1º de julio y 1º de noviembre de 1986 incrementos salariales de 18,5%, 15,5% y 19,4% respectivamente;

   IV) Que con vigencia 1º de junio de 1986 el Banco extendió el horario de trabajo de su personal en media hora;

   V) Que el Banco Central del Uruguay incorporó a sus cuadros de personal a los funcionarios restituidos ingresados hasta diciembre de 1986;

   VI) Que la ley 15.786 de 4 de diciembre de 1985 dispuso en su artículo  27 la creación de la Comisión de Análisis Financiero como órgano desconcentrado del Banco Central del Uruguay.

   Considerando: I) Que los incrementos salariales dispuestos por el Directorio del Banco Central del Uruguay se encuentran comprendidos dentro de los lineamientos de la política propiciada por el Gobierno;

   II) Que es necesario realizar una modificación presupuestal que autorice los mismos;

   III) Que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto ha emitido su informe y el Tribunal de Cuentas de la República su dictamen.

   Atento: a lo establecido en el artículo 221 de la Constitución de la República y a lo informado por la Asesoría Económica-Financiera del Ministerio de Economía y Finanzas,

   El Presidente de la República

                                 DECRETA:

Artículo 1

   Sustitúyense para el Ejercicio 1986 las partidas aprobadas para el Presupuesto Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones del Banco Central del Uruguay por las siguientes:

Presupuesto Operativo de Operaciones Financieras N$ 24.451:595.633

Rubro     Denominación                      N$                 N$
0         Retrib. de Serv. Pers.                          611:067.984
011311    Sueldos Bas. Esc. Civil      243:351.513        
          Directores                     8:353.576
011315    Dif. p/Subrogación             4:097.945
011316    Prima p/Antigüedad            31:573.048
019       Sueldo Anual Complem.         23:948.008
021321    Sueldos Bas. As. al Esc.
          Civil                        133:246.170  
021326    Prima p/Antigüedad            12.864.298
029       Sueldo Anual Complem.         12:175.874
061301    Por Trab. en Hs. Extras       20:439.281
061304    Funcs. dist. al Cargo            932.177
061310    Prima p/Especializ            28:115.645
061311    Complement. p/Reestruct.      27:718.025
061312    Adel. a Cta. (N$ 600)          1:908.000
061313    Decreto Nº 182/985            30:392.721
062311    Gastos de Represent.             608.422
069361    Sueldo Anual Complem.          9:092.186
077       Quebranto de Caja              7:440.000
091       Retrib. Ejerc. Anteriores     14:811.095
                                      ______________

1         Cargas Leg. s/Serv. Pers.                        255:829.795
111       Ap. Pat. Sist. de Seg. Soc.  242:064.923
123       Ap. Pat. al F.N.V.             6:882.436
131       Imp. a Ret. y Prest. Nom.      6:882.436
                                      _______________

2         Mat. y Suministros                               235:000.000
3         Serv. no Personales                              588:200.000
7         Subs. y otras Transfer.                          219:165.256
7.0       Donaciones Varias            11:130.800
751       Prima p/Matrimonio              452.085
752       Hogar Constituido            19:133.388
753       Prima p/Nacimiento              519.170
754       Prest. p/Hijos                6:920.046
759       Viático p/Alimentación       87:918.767
774       Cont. p/Asist. Médica        93:091.000
                                     _______________

8         Serv. Deuda y Anticipo                        22.519:000.000 
9         Asignaciones Globales                             23:332.598
                                                        _______________

II - Plan Anual de Inversiones                           N$ 49:531.000


Rubro           Denominación                    N$

4               Maq. Equip. y Mobiliario      32:537.000
6               Const. Mej. y Rep. Extra      16.994.000

   La apertura por proyecto y fuente de financiamiento y las partidas en moneda extranjera se detallan en los cuadros adjuntos que forman parte
integrante de este decreto. 
   Los Rubros 0 "Retribuciones de Servicios Personales", 1 "Cargas Legales Sobre Servicios Personales" y 7 "Subsidios y Otras Transferencias" contienen todos los aumentos salariales otorgados por el Poder Ejecutivo para el Ejercicio 1986.

(*)Notas:
 Ampliar información en imagen electrónica: Decreto Nº 601/987 de 
14/10/1987.
Referencias al artículo

Artículo 2

   La partida correspondiente al Rubro 8 "Servicios de Deuda y Anticipo"  para cubrir los gastos por concepto de intereses y comisiones en moneda nacional y extranjera a cargo del Banco, no serán de carácter limitativo. El Organismo podrá adecuar su monto de acuerdo a sus reales necesidades, dando conocimiento a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y Tribunal de Cuentas de la República.
Referencias al artículo

Artículo 3

   Mantienen su vigencia los artículos 3º, 4º, 5º y 6º del decreto 351/986 de fecha 9 de julio de 1986.
Referencias al artículo

Artículo 4

   Dése cuenta a la Asamblea General.

Artículo 5

   Comuníquese, publíquese, etc.-

SANGUINETTI - RICARDO ZERBINO CAVAJANI
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