FIJACION DE LA BASE DE PRESTACIONES Y CONTRIBUCIONES (BPC). ENERO 2010




Promulgación: 29/12/2009
Publicación: 15/01/2010
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2009
  •    Página: 2152
Referencias a toda la norma
VISTO: Lo dispuesto por el artículo 2° de la ley N° 17.856, de 20 de
diciembre de 2004.

RESULTANDO: Que es preciso proceder a la fijación del valor de la Base de
Prestaciones y Contribuciones creada por la citada norma.

CONSIDERANDO: I) Que el valor de la Base de Prestaciones y Contribuciones
a diciembre de 2009 es de $ 1.944 (pesos uruguayos mil novecientos
cuarenta y cuatro).

II) Que dicho valor fue fijado por Decreto N° 41/009 de 19 de enero de
2009.

III) Que de conformidad con los criterios establecidos por el artículo 3°
de la ley N° 17.856, de 20 de diciembre de 2004, corresponde incrementarlo
en un 6% (seis por ciento).

ATENTO: A lo precedentemente expuesto y de conformidad con lo dispuesto
por el numeral 4) del artículo 168 de la Constitución de la República y
por el artículo 3° de la Ley N° 17.856, de 20 de diciembre de 2004,

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

  Fíjase el valor de la Base de Prestaciones y Contribuciones a partir del
1° de enero de 2010 en $ 2.061 (pesos uruguayos mil dos mil sesenta y
uno).

Artículo 2

 Comuníquese, publíquese, etc.

TABARE VAZQUEZ - JULIO BARAIBAR - ALVARO GARCIA
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